Fomento de la formación en materia de seguridad y salud laboral
Castilla y León Enero 2015
Subvenciones dirigidas a la formación en materia de seguridad y salud laboral dirigida a trabajadores, empresarios, autónomos, mandos intermedios y delegados de prevención.
¿Cuándo puedo presentarme? PLAZO:
Podemos presentarnos hasta el 31 de Enero de 2015
¿A quién va dirigida ?
Personas, físicas o jurídicas, privadas con ánimo de lucro, agrupaciones de ambas, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que aunque carezcan de personalidad jurídica lleven a cabo las acciones objeto de la subvención.
Los beneficiarios podrán serlo igualmente entidades sin ánimo de lucro.
¿Qué se subvenciona?
- Cursos de nivel básico, cuyos proyectos y programas deberán ajustarse a los criterios generales y a los contenidos mínimos que se establecen en los Anexos III y IV del Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención.
- Cursos básicos del sector de la construcción, los cuales deberán ajustarse a lo previsto en el artículo 166 del V Convenio Colectivo General del Sector de la Construcción y ser impartidos por una entidad homologada por la Fundación Laboral de la Construcción, de acuerdo con lo previsto en dicho texto.
- Cursos monográficos en materia de prevención de riesgos laborales.
- Cursos de formación para el ejercicio de las funciones de coordinador de seguridad y salud en obras de construcción, conforme al programa de formación que figura como apéndice 2 de la Guía Técnica para la evaluación y prevención de los riesgos relativos a las obras de construcción (R.D. 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y de salud en las obras de construcción).
Gastos subvencionables
Gastos de personal docente y solo para aquellos conceptos relativos a la preparación e impartición de clases (salarios, honorarios profesionales, incluidos servicios docentes externos) y para cualquier nivel formativo, teniendo en cuenta que:
- A la preparación se podrá imputar un máximo de horas equivalente al doble de las horas del curso.
- El tope máximo subvencionable por este concepto será el importe resultante de multiplicar 50 € por el número de horas del curso.
Otros gastos que, en su conjunto, no sobrepasarán los 75 € por alumno:
- Material de oficina.
- Seguros de accidentes y de responsabilidad civil, con una cobertura para toda la duración de la acción formativa.
- Material didáctico entregado a los alumnos y necesario para la formación (incluido equipo de protección individual).
- Diplomas.
- Desplazamientos de los alumnos por visitas programadas a empresas u otros centros relacionados con la acción formativa, celebradas durante la realización del curso.
Cuantías de las subvenciones
La cuantía de la subvención podrá alcanzar el 100% del coste elegible de las acciones.
- Curso básico de 30 horas: 3.525 €
- Curso básico de 50 horas : 4.625 €
- Curso básico de construcción: 5.175 €
- Curso monográfico : 4.625 €
- Curso de coordinador de seguridad y salud en obras de construcción: 11.225 €
Donde descargo el pliego de la Convocatoria
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