Planes de Igualdad
¿Qué es un plan de igualdad?
Un plan de igualdad de una empresa se conforma por una serie de medidas que tienen como objetivo alcanzar la igualdad de trato y de oportunidades entre hombres y mujeres en una empresa. En otras palabras, medidas tendentes a evitar la discriminación por razón de sexo en el contexto laboral.
Un plan de igualdad se compone básicamente de los siguientes elementos
- Diagnóstico de la situación inicial en la empresa
- Objetivos y estrategias practicas a aplicar
- Plan de seguimiento de las medidas a aplicar
- Evaluación del grado de consecución de los objetivos fijados
Legislación aplicable
La igualdad entre mujeres y hombres es un principio universal y como tal se recoge en diversos textos a nivel internacional, de la Unión Europea y también en la Constitución Española. A este respecto, no cabe duda de que, en las últimas décadas, los avances sociales han sido muy notables.
Sin embargo, cuando profundizamos en esta cuestión dentro del ámbito laboral, se pone en evidencia que la aplicación de este principio todavía tiene camino por recorrer. En este sentido, se puede apuntar a las cifras de mayor desempleo de las mujeres, a la brecha salarial, a su presencia escasa en puestos de alta responsabilidad, a las dificultades en la conciliación de vida personal, laboral y familiar, y en definitiva, a un conjunto de condiciones desfavorables que afectan a las mujeres para su acceso y desarrollo en el mundo laboral.
Por ello, los poderes públicos han considerado necesario activar instrumentos jurídicos que permitan seguir avanzando hacia la igualdad efectiva en el terreno laboral. Necesidad que, a su vez, es un componente beneficioso para las empresas actuales.
Así, el Real Decreto-ley de 1 de marzo de 2019 modifica la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, que establece que las empresas deben adoptar medidas de igualdad y, en muchos casos, plasmarlas desarrollando e implementando un Plan de Igualdad.
La principal normativa en el estado español que regulan las cuestiones de igualdad son:
- Ley 39/1999, de 5 de noviembre, de Conciliación de la vida laboral y familiar.
- Ley 30/2003, de 13 de octubre, sobre medidas para incorporar la valoración del impacto de género en las disposiciones normativas que elabore el Gobierno.
- Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.
- Ley Orgánica 3/2007, de 22 de Marzo, para la Igualdad efectiva de mujeres y hombres
- Real Decreto 1615/2009, de 26 de octubre, por el que se regula la concesión y utilización del distintivo “Igualdad en la Empresa”
- Real Decreto Legislativo 2/2015, texto refundido Ley del Estatuto de los Trabajadores
- Real Decreto-ley 6/2019 de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación
- Real Decreto 901/2020, de 13 de octubre, por el que se regulan los planes de igualdad y su registro. Vigente el 14 de enero de 2021.
- Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre, de igualdad retributiva entre mujeres y hombres. Vigente el 14 de abril de 2021.
Objetivos de un plan de Igualdad
El objetivo principal de cualquier Plan de Igualdad es el de alcanzar la igualdad de sexo mediante la promoción, el fortalecimiento y el desarrollo de la plena igualdad de trato y oportunidades de mujeres y hombres en el ámbito laboral, ya sea en la empresa o en la administración.
Los objetivos generales de un Plan de Igualdad, que se pueden completar con objetivos específicos según el perfil de la empresa, son:
- Garantizar la igualdad de trato y oportunidades de mujeres y hombres en la empresa, con especial atención al acceso a la empresa y los puestos de responsabilidad.
- Integrar la perspectiva de género transversalmente en la cultura de la compañía y especialmente en la gestión de recursos humanos y en la comunicación.
- Garantizar la igualdad retributiva para trabajos de igual valor.
- Facilitar la conciliación de la vida personal, familiar y laboral de las personas que integran la plantilla, desarrollando políticas de corresponsabilidad..
Planes de Igualdad para empresas de más de 50 Trabajadores
Estamos ante una nueva y mejorada ley sobre planes de igualdad publicada como ley orgánica en el Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo bajo el concepto de:
“Medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación”
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¿A QUIEN AFECTA LA NUEVA LEY SOBRE LA IGUALDAD?
Las medidas sobre igualdad se venían aplicando solo a empresas de más de 250 trabajadores
La nueva Ley de Igualdad afecta a empresas desde 50 o más trabajadores
- Empresas de + de 150 trabajadores y hasta 250 personas trabajadoras contarán con un periodo de un año para la aprobación de los planes de igualdad.
- Las empresas de +100 trabajadores y hasta 150 personas trabajadoras, dispondrán de un periodo de dos años para la aprobación de los planes de igualdad.
- Las empresas +50 y hasta 100 personas trabajadoras dispondrán de un periodo de tres años para la aprobación de los planes de igualdad.
Sin embargo, la obligación de la redacción de estos planes podría suponer una carrera contra reloj para muchas empresas que trabajan o tengan intención de trabajar para la administración pública ya que en las licitaciones se están solicitando medidas implantadas para favorecer la igualdad entre mujeres y hombres y se prevé que de forma paulatina todos los pliegos incluyan la necesidad de acreditar las medidas de elaboración de planes de igualdad contempladas en la nueva ley.
Otras novedades importantes en los planes de igualdad
La necesidad de inscripción en el registro que se creará reglamentariamente para acreditar a las empresas que cumplen con esta nueva normativa
Nuevos requisitos para equiparación de la duración de los permisos por nacimiento de hijo o hija de ambos progenitores y nuevas prestaciones a la Seguridad Social correspondientes al cuidado del lactante.
¿Cómo CUMPLIR con la nueva ley de igualdad?
La Ley entiende por Plan de Igualdad: “un conjunto ordenado de medidas, adoptadas después de realizar un diagnóstico de situación, tendentes a alcanzar en la empresa la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres y a eliminar la discriminación por razón de sexo”.
Los planes de igualdad deberán ser el resultado de un diagnóstico de la situación de igualdad en la empresa. Este análisis deberá llevarse a cabo por una “Comisión Negociadora del Plan de Igualdad” con los datos que debe facilitarle la dirección de la empresa en relación a materias como el acceso al empleo, la clasificación profesional, los planes de retribuciones etc.
Contando con que la materia y objetivos del plan son materias delicadas y sensibles en una empresa contar con una ayuda externa especializada y objetiva puede ser un medio para agilizar y avanzar rápidamente en la consecución del objetivo de contar con un plan de igualdad acorde con el cumplimiento legal y las necesidades de la empresa.
¿Incumplir la Igualdad se paga?
Explicando las cosas con más claridad, la ley Orgánica 3/2007 establece que:
Todas las empresas están obligadas a respetar la igualdad de trato y de oportunidades en el ámbito laboral y, con esta finalidad, deberán adoptar medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres
Además en los casos expuestos en el punto anterior las empresas deberán abordar planes de igualdad formalmente pero en ningún caso la ley exime de sus requisitos de respeto a la igualdad en las empresas que no tengan que abordar un plan de igualdad.
De hecho ya tenemos sentencias donde se multas a empresas con 300 euros diarios por incumplimiento de sus obligaciones en materias de igualdad
SENTENCIA:
“… recordamos la regulación de infracciones, sanciones administrativas y medidas judiciales ante incumplimientos en materia de planes de igualdad”
“Obligaciones en relación a los planes de igualdad de las empresas y otras medidas de promoción de la igualdad en la Ley Orgánica 3/2007 de 22 de Mar (Igualdad efectiva de mujeres y hombres)”
Cuál es el contenido de un plan de igualdad
Las medidas que se contemplan para alcanzar los objetivos de los planes de igualdad deben tratar aspectos tales como
- Acceso al empleo,
- Clasificación profesional
- Promoción y formación
- Plan de retribuciones
- Ordenación del tiempo de trabajo para favorecer, en términos de igualdad entre mujeres y hombres
- Conciliación laboral, personal y familiar,
- La prevención del acoso por razón de sexo.
Los planes de igualdad además podrán adoptar medidas específicas para determinados centros de trabajo pero en general deberán afectar a toda la empresa
VENTAJAS DE CONTAR CON UN PLAN DE IGUALDAD
Al margen de los casos en que es obligatoria por ley la elaboración de planes de igualdad veamos algunos beneficios que supone para una empresa la opción de elaborar su propio plan de igualdad
- Las empresas se ven beneficiadas de su implementación en distintos aspectos como los siguientes:
- Mejora el clima laboral. Con la reducción de diferencias entre compañeros y compañeras, mejora el ambiente y la conflictividad laboral se reduce.
- Aumento de la productividad y racionalización de los horarios. Los Planes de Igualdad favorecen un mejor uso de los tiempos de trabajo así como una gestión de las personas moderna.
- Reduce el absentismo laboral. Estos planes fomentan medidas de conciliación laboral y familiar. Esto permite reducir el estrés de las personas trabajadoras y proteger, por tanto, su salud, lo que redunda en un menor absentismo.
- Favorece la flexibilidad de la organización. Ser flexible con las personas hace que éstas lo sean con su trabajo. Gracias a ello, la empresa tiene más capacidad de respuesta ante los continuos cambios que se producen en su entorno.
- Disminución de la rotación de personal. Esto es debido a que las personas empleadas se quieren quedar a causa de las mayores opciones de promoción y formación, a la mejora salarial y a las mayores posibilidades de conciliación entre la vida laboral y familiar.
- Promociona la imagen de la empresa. Implementar un Plan de Igualdad en una organización lleva implícita una mejora de la imagen de la marca de la compañía de forma inmediata, para los clientes así como para la sociedad en general.
- Credibilidad de la responsabilidad social. Gracias a la implicación demostrada por la empresa, los clientes y la sociedad confían más en esta y en sus valores.
- Opción al distintivo «Igualdad en la Empresa (DIE)». Con la implantación de un Plan de Igualdad, las empresas pueden optar a ser premiadas con este distintivo, lo que les aporta un mayor reconocimiento
- Incremento de oportunidades comerciales, por ejemplo la preferencia en la adjudicación de contratos de las administraciones públicas. Esta es una ventaja que la dirección de la empresa puede percibir rápidamente y que se ha convertido en un aliciente para las empresas que no están obligadas, en principio, al desarrollo de estos planes.
- Desarrolla la creatividad y la innovación. El compromiso con la igualdad de oportunidades en las fuentes de reclutamiento genera un doble beneficio: en primer lugar, ofrece una imagen de organización que fideliza el talento; en segundo lugar y como consecuencia, se convierte en una fuente muy importante de atracción del mismo.
GUIA PARA IMPLANTAR UN PLAN DE IGUALDAD
En primer lugar veamos quienes deben participar en la elaboración de los planes de igualdad en una empresa
Quienes están implicados en el desarrollo de un plan de igualdad
Alta Dirección:
La implicación de la dirección de la empresa es absolutamente necesaria e imprescindible para la consecución de los objetivos de igualdad y el desarrollo del proyecto
El equipo de RRHH:
El equipo de RRHH nos aportara la visión de acciones concretas y viables para alcanzar los objetivos además de facilitar la integración de las medidas en los procesos de la organización o empresa
Representación de los trabajadores:
Los trabajadores deben tomar parte activa en la elaboración del plan así como en el desarrollo del proyecto formando parte de órganos que colaboren en el desarrollo de la igualdad en la empresa en posteriores etapas. Se pueden formar comisiones de Igualdad, comités permanentes de Igualdad donde junto a los representantes de la empresa y de distintos departamentos participen los representantes de los trabajadores de forma paritaria.
Se trata de crear espacios de dialogo y comunicación para garantizar que todos los acuerdos y medidas que se adopten a lo largo del desarrollo del programa se lleven a cabo con el consenso de ambas partes
Plantilla:
La plantilla de trabajadores es el destinatario final de todas las medidas y objetivos del plan de igualdad por lo que interesa en todo momento
- Tener en cuenta y valorar la situación de la plantilla de trabajadores de la forma más personalizada posible
- Tomar conocimiento de los valores culturales y la influencia de la igualdad de oportunidades
- Tomar en cuenta a las asociaciones como sindicatos etc. para hacerlos participes en la elaboración y aplicación de las medidas de los planes de igualdad
- Crear si es necesario estructuras específicas como comisiones permanentes de igualdad
Personas expertas
Podemos acudir también a personas expertas en igualdad y elaboración de planes de igualdad para
- Labores de consultoría, asesoría o apoyo
- Formación de los agentes implicados
- Formación a nivel gerencial
- Elaboración de planes de comunicación y sensibilización
- etc.
Organismos de igualdad:
Siempre podemos contar con los organismos regionales y de la administración para Impulso y asesoramiento permanente de los planes de igualdad
CLAVES para elaborar para un plan de igualdad
Un plan de igualdad debe basarse en los siguientes principios
PLAN INTEGRAL
Un plan de igualdad debe estar pensado para toda la plantilla y no solamente para la situación de las mujeres
TRANSVERSALIDAD
Debe implicar a todas las áreas de una empresa u organización
FLEXIBLE y DINAMICO
Debe adaptarse a las circunstancias teniendo en cuenta las necesidades y las posibilidades de cada empresa así como las distintas etapas de su desarrollo favoreciendo una implantación progresiva de las medidas
LIMITADO EN EL TIEMPO
Los planes de igualdad tienen un comienzo y un final que es cuando se alcanzan los objetivos de igualdad en una empresa u organización
PASOS para implantar un plan de igualdad
Fase 1. Compromiso de la organización
El compromiso parte de la dirección de la empresa quien debe comprometerse por escrito a
- Integrar la igualdad de oportunidades en la organización como principio básico
- Incluya este principio en los objetivos de la política de la empresa especialmente en la política de recursos humanos
- Facilitar los recursos necesarios
- Comunicar a toda la plantilla el proyecto de igualdad y los objetivos
Fase 2. Comisión Permanente de Igualdad
Formar un comité permanente participado por los representantes de la empresa y los trabajadores puede apoyar de forma definitiva las decisiones dentro de la empresa
- La comunicación con los trabajadores
- Apoyo al seguimiento y evaluación del cumplimiento de metas u objetivos
Fase 3. Diagnóstico
Se trata de recopilar información sobre la situación de la igualdad en la empresa para analizar las oportunidades de mejora de la igualdad entre mujeres y hombres. Para ello podemos realizar actividades de
- Recogida de información
- Análisis de situaciones
- Debates internos
- Formulación de propuestas para el plan de igualdad
El diagnostico solo es un instrumento de trabajo y no tiene un fin en sí mismo si no el de identificar los ámbitos de actuación y de ayuda para la toma de decisiones
El informe de diagnóstico debe adaptarse a las necesidades concretas de cada empresa y necesita actualizarse continuamente según los cambios que se van produciendo
Los análisis de la empresa se realizaran desde la perspectiva de la igualdad entre hombres y mujeres teniendo en cuenta
- Las Características de la empresa y estructura organizativa
- Características de la plantilla
- Las formas de acceso a la empresa
- Las oportunidades de desarrollo de la carrera profesional
- Las necesidades de formación y reciclaje
- Las condiciones de trabajo
- El plan de remuneraciones (fijas y variables)
- Condiciones de baja de la empresa
Después de analizar los datos obtenidos del informe de diagnóstico inicial e establecerán unas conclusiones generales y las posibles áreas de mejora en las que se pueda implantar la igualdad de oportunidades en la empresa.
Fase 4. Programación
Es la hora de realizar el plan de Igualdad en base a las propuestas del diagnóstico inicial
Ahora debemos de fijarnos en las oportunidades de mejora en las áreas de intervención que mencionamos en el punto sobre el contenido de un plan de igualdad
Es el momento de definir
- Objetivos
- Acciones para lograrlos
- Su planificación en el tiempo
- Como y cuando vamos a evaluar el estado de avance de las acciones
Los objetivos deben definirse en base a metas u objetivos a corto plazo de manera que podamos alcanzar los objetivos a más largo plazo por medio del cumplimiento de otros objetivos a corto o medio plazo
Los objetivos deben ser concretos y debidos de forma coherente
Es recomendable realizar un seguimiento continuo de las actividades que se lleven a cabo para asegurar el cumplimiento efectivo de las acciones y los objetivos previstos.
Será también necesario llevar a cabo una evaluación de los resultados obtenidos por el Plan una vez finalizado.
Fase 5. Implantación
Una vez que hemos definido el plan de igualdad solo queda ponerlo en marcha y ejecutarlo según lo planificado
Fase 6. Evaluación
La fase de evaluación es clave para conocer el grado de cumplimiento de los objetivos del plan de Igualdad. Aquí podremos
- Analizar cómo se ha ido desarrollando el plan según lo previsto
- Tomar acciones para corregir las desviaciones observadas
- Reprogramar aquellos objetivos que necesiten más tiempo y otras acciones para mejorar su nivel de cumplimiento
- Identificar nuevas necesidades de cumplimiento de la igualdad en la empresa
Fase 7. Registro del plan de igualdad
Tras elaborar el plan, las empresas tienen que inscribirlo en el Registro de Planes de Igualdad.
Corresponde al Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos (REGCON) adscrito a la Dirección General de Trabajo como autoridad laboral competente, la inscripción de los actos inscribibles previstos de ámbito estatal o supraautonómico.
Para proceder a su registro, los Planes de Igualdad deben cumplir una serie de requisitos:
- Estar en vigencia.
- No tener una vigencia superior a 4 años.
- Haber sido negociados o acordados con la representación legal de las personas trabajadoras en base a la legislación laboral.
- Su contenido y objetivos deben haber sido comunicados a toda la plantilla.
- Incluir a todas las personas de la organización y emplear un lenguaje neutro y no sexista.
- Contener un diagnóstico personalizado para la empresa, los objetivos, las acciones con los medios y recursos necesarios por cada medida, el calendario de implantación, el seguimiento y la evaluación periódica del plan de igualdad.
- En caso de grupos de empresas es necesario que existe un diagnóstico individualizado por empresa.
- La entidad jurídica titular debe estar legalmente constituida y la persona que actúe en su representación deberá disponer de los poderes suficientes para actuar como tal.
La inscripción se realiza en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos (REGCON). Y se hace por medio de conexión electrónica, según lo establezca la administración correspondiente.
DISTINTIVO DE IGUALDAD
El distintivo “Igualdad en la Empresa” (DIE) es una marca de excelencia que reconoce a las empresas y otras entidades que destaquen en el desarrollo de políticas de Igualdad entre mujeres y hombres en el ámbito laboral, mediante la implantación de planes de igualdad. La concesión de esta distinción se instrumentaliza mediante convocatorias anuales en las que pueden participar cualquier empresa o entidad, tanto privada como pública, que destaque, de forma integral en la aplicación y en los resultados de las medidas de igualdad de mujeres y hombres desarrolladas en su organización en cuanto a: condiciones de trabajo, modelos de organización en otros ámbitos como servicios, productos y publicidad de la empresa.
El distintivo se convoca anualmente desde 2010 y tiene una vigencia de tres años. En cada anualidad, el Instituto de la Mujer solicita a las entidades distinguidas un informe anual de seguimiento de las medidas y actividades llevadas a cabo en la organización y relacionadas con la Igualdad entre mujeres y hombres. Dicho informe anual es evaluado con la perspectiva de constatar que las entidades distinguidas mantienen el nivel de excelencia en materia de igualdad por el que fueron merecedoras del DIE y el de la tercera anualidad se corresponde con la solicitud de prórroga de la distinción por otros tres años, y son las propias empresas distinguidas las que tienen la facultad de solicitarla.
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