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Fomento de la formación en materia de seguridad y salud laboral

Castilla y León Enero 2015


Subvenciones dirigidas a la formación en materia de seguridad y salud laboral dirigida a trabajadores, empresarios, autónomos, mandos intermedios y delegados de prevención.


¿Cuándo puedo presentarme? PLAZO:

Podemos presentarnos hasta el 31 de Enero de 2015

¿A quién va dirigida ?

Personas, físicas o jurídicas, privadas con ánimo de lucro, agrupaciones de ambas, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que aunque carezcan de personalidad jurídica lleven a cabo las acciones objeto de la subvención.
Los beneficiarios podrán serlo igualmente entidades sin ánimo de lucro.

¿Qué se subvenciona?

  • Cursos  de  nivel  básico,  cuyos  proyectos  y  programas  deberán  ajustarse  a los  criterios  generales  y  a  los  contenidos  mínimos  que  se  establecen  en  los   Anexos III y IV del Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención.
  • Cursos básicos del sector de la construcción, los cuales deberán ajustarse a lo previsto en el artículo 166 del V Convenio Colectivo General del Sector de la Construcción  y  ser  impartidos  por  una  entidad  homologada  por  la  Fundación Laboral de la Construcción, de acuerdo con lo previsto en dicho texto.
  • Cursos monográficos en materia de prevención de riesgos laborales.
  • Cursos  de  formación  para  el  ejercicio  de  las  funciones  de  coordinador  de seguridad y salud en obras de construcción, conforme al programa de formación que figura como apéndice 2 de la Guía Técnica para la evaluación y prevención de los riesgos relativos a las obras de construcción (R.D. 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y de salud en las obras de construcción).

Gastos subvencionables

Gastos de personal docente y solo para aquellos conceptos relativos a la preparación  e  impartición  de  clases  (salarios,  honorarios  profesionales, incluidos  servicios  docentes  externos)  y  para  cualquier  nivel  formativo, teniendo en cuenta que:

  •  A  la  preparación  se  podrá  imputar  un  máximo  de  horas  equivalente  al doble de las horas del curso.
  • El  tope  máximo  subvencionable  por  este  concepto  será  el  importe resultante de multiplicar 50 € por el número de horas del curso.

 Otros gastos que, en su conjunto, no sobrepasarán los 75 € por alumno:

  •  Material de oficina.
  •  Seguros de accidentes y de responsabilidad civil, con una cobertura para toda la duración de la acción formativa.
  •  Material didáctico entregado a los alumnos y necesario para la formación (incluido equipo de protección individual).
  •  Diplomas.
  • Desplazamientos de los alumnos por visitas programadas a empresas u otros centros relacionados con la acción formativa, celebradas durante la realización del curso.

Cuantías de las subvenciones

La cuantía de la subvención podrá alcanzar el 100% del coste elegible de las acciones.

  • Curso básico de 30 horas:  3.525 €
  • Curso básico de 50 horas :   4.625 €
  • Curso básico de construcción:    5.175 €
  • Curso monográfico :   4.625 €
  • Curso de coordinador de seguridad y salud en obras de construcción:    11.225 €

Donde descargo el pliego de la Convocatoria

Bases Reguladoras

CONVOCATORIA 2015.pdf

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