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Deducciones fiscales por I+d+i. Solicítelas antes del 25 de Julio

Deducciones por I+d+i
Solicítelas antes del 25 de Julio

Incentivo para empresas emprendedoras.

Las empresas con inversiones en I+D+i pueden acogerse a rebajas fiscales hasta del 42% de los gastos totales de I+D+i y hasta el 59% gastos personales con dedicación en exclusiva a actividades de I+D+i.

Este porcentaje puede aumentarse hasta el 50% si el esfuerzo en investigación y desarrollo superan el 10% del importe neto de la cifra de negocios de la empresa.

Para poder acogerse a estos beneficios fiscales, es recomendable utilizar la solicitud de Informe Motivado, para el que se exigible la presentación de un certificado de entidad de verificación de tercera parte.

Por otro lado, la Ley de Apoyo a los emprendedores, Ley 14/2013, añade la posibilidad de aplicar estos beneficios sin límite de cuota e incluso, proceder a su abono, lo cual hace aún más atractivo si cabe este incentivo. En este último caso, el procedimiento de Informe Motivado es de obligado cumplimiento.

Para más detalles:

¡Infórmese AQUI!